Instituto de Vivienda de Baja California Sur

Artículo 75

Fracción XIX

Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.


En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, entendiéndose éstos como las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, sea directamente, mediante permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado, siempre conforme a las leyes y reglamentos vigentes.


Información 2024


Información 2023


Información 2022


Información 2021


Información 2018-2020



Información 2015-2017


  Área Responsable
  • Dirección de Promoción Social y Comercialización

  Fecha de actualización

15 Oct 2024

  Fecha de Validación

30 Sep 2024




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