Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a sus funciones, deban establecer.
ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XII de la Ley General, aquellos temas que son relevantes o beneficiosos para la sociedad y cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados.
Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a los indicadores que valoren los resultados del sujeto obligado en su conjunto, de acuerdo con su misión, objetivos y/o atribuciones previstas en las disposiciones que los regulen.
Información 2024
Información 2023
Información 2022
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Información 2021
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Información 2018-2020
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Información 2015-2017
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Área Responsable
- Subdirección de Planeación
Fecha de actualización
31 Jan 2022
Fecha de Validación
17 Dec 2019
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