Sistema DIF BCS

Artículo 75

Fracción XIV

Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.


El sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente y sólo cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza jurídica, la normatividad que le aplique, sus necesidades institucionales y su presupuesto autorizado. Asimismo, se deberá publicar el estado y/o etapa en el que se encuentra el proceso de selección y los resultados del mismo.


NO APLICA

ES INAPLICABLE LA PRESENTE FRACCION, DERIVADO A QUE ESTE ORGANISMO NO GENERA O POSSEE INFORMACION, EN VIRTUD DE QUE NO FORMA PARTE DE LAS FACULTADES, COMPETENCIAS Y FUNCIONES QUE SEÑALAN LOS ARTICULOS 27 Y 28 DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL , ASI COMO LA LEY ORGANICA PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA, AMBAS PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR