El resultado de la dictaminación de los estados financieros
ARTÍCULO 75° -
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Todos los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes realizados a sus estados financieros por las empresas auditoras contratadas para tal fin.
NO APLICA
ES INAPLICABLE LA PRESENTE FRACCION, DERIVADO A QUE ESTE ORGANISMO NO GENERA O POSSEE INFORMACION, EN VIRTUD DE QUE NO FORMA PARTE DE LAS FACULTADES, COMPETENCIAS Y FUNCIONES QUE SEÑALAN LOS ARTICULOS 27 Y 28 DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL , ASI COMO LA LEY ORGANICA PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA, AMBAS PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.