Secretaría Ejecutiva de la Comisión Consolidación

Artículo 75

Fracción XV

Para dar cumplimiento a esta fracción, el sujeto obligado deberá organizar y publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos.

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.



NO APLICA

Del análisis de las diversas legislaciones que norman el actuar de la SECINSJP, no se encontró facultad o atribución alguna relativa a la presente fracción