Artículo 75. Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Dirección de Transparencia y Mejora Regulatoria
Isabel la Católica e Ignacio y Allende
Colonia, Centro C.P.23000
La Paz., Baja California Sur. México
Conmutador (612) 123 9400

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