Instituto Sudcaliforniano de la Juventud

Artículo 75

Último Párrafo

Los sujetos obligados deberán informar al Instituto, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet y Plataforma Nacional, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.



Información 2024


Información 2023


Información 2022


Información 2021

En estos momentos trabajamos en la recolección de información.

Información 2018-2020

En estos momentos trabajamos en la recolección de información.


Información 2015-2017

Nombre del archivo Opciones
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  Área Responsable
  • Coordinación administrativa

  Fecha de actualización

3 Jul 2024

  Fecha de Validación

3 Jul 2024




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