Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siempre y cuando lo hagan en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento,132 las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos fijadas por la Secretaría de la Función Pública, así como, en su caso, por las disposiciones análogas de las Entidades Federativas. Las donaciones en especie deberán sujetarse a la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones aplicables.
Información 2024
Nombre del archivo | Opciones |
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LTAIPBCSA75FXLIII DONACIONES EN ESPECIE 3er TRIMESTRE | Descargar Visualizar |
Información 2023
Nombre del archivo | Opciones |
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LTAIPBCSA75FXLIIIA-Donaciones-en-dinero-realizadas IV trimestre | Descargar Visualizar |
LTAIPBCSA75FXLIIIB-3 Donaciones-en-especie IV trimestre | Descargar Visualizar |
Información 2022
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LTAIPBCSA75FXLIIIA-Donaciones-en-dinero-realizadas 4to trimestre | Descargar Visualizar |
LTAIPBCSA75FXLIIIB-3Donaciones-en-especie 4to trimestre | Descargar Visualizar |
Información 2021
Información 2018-2020
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LTAIPBCSA75FXLIIIA | Descargar Visualizar |
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Información 2015-2017
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Formato Donaciones en dinero realizadas | Descargar Visualizar |
Formato Donaciones en especie | Descargar Visualizar |
Área Responsable
- Coordinación administrativa
Fecha de actualización
31 Oct 2024
Fecha de Validación
31 Oct 2024
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