ARTÍCULO 75° -
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
NO APLICA
En términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de B.C.S.; así como en el Reglamento Interior de la Oficina del Ejecutivo, se infiere que éste sujeto obligado no cuenta con la facultad, atribución u obligación de proporcionar información relativa a ésta fracción.