Jefatura de la Oficina del Ejecutivo

Artículo 75

Fracción XIV

Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.


El sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente y sólo cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza jurídica, la normatividad que le aplique, sus necesidades institucionales y su presupuesto autorizado. Asimismo, se deberá publicar el estado y/o etapa en el que se encuentra el proceso de selección y los resultados del mismo.


NO APLICA

En términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de B.C.S.; así como en el Reglamento Interior de la Oficina del Ejecutivo, se infiere que éste sujeto obligado no cuenta con la facultad, atribución u obligación de proporcionar información relativa a ésta fracción.