Los instrumentos y mecanismos de participación ciudadana;
ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Todos los sujetos obligados publicarán el conjunto de acciones que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa, tales como actividades, acciones, informes, concursos, comités, sesiones, encuestas, consultas, foros, eventos, experiencias y demás mecanismos de participación ciudadana de los que dispongan, incluidos aquellos que utilicen como medio las tecnologías de la información y comunicación, como los sitios de Internet (o portales institucionales) de conformidad con la normatividad aplicable, procurando atender las mejores prácticas a nivel internacional, con el objetivo de disminuir las barreras de entrada a la consulta, participación y colaboración.
NO APLICA
NO APLICADentro de las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de B.C.S., del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de B.C.S., así como el Reglamento Interior de la Academia Estatal de Seguridad Pública en la Entidad, no se desprende la facultad, atribución u obligación relativa a la presente fracción; por lo que se infiere que no es facultad de ésta dependencia proporcionar información relacionada a la misma.