Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Todos los sujetos obligados que derivado de sus atribuciones emitan sentencias o resoluciones derivadas de procesos judiciales, administrativos o arbitrales; publicarán de manera trimestral las determinaciones emitidas.
NO APLICA
NO APLICADentro de las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de B.C.S., del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de B.C.S., así como el Reglamento Interior de la Academia Estatal de Seguridad Pública en la Entidad, no se desprende la facultad, atribución u obligación relativa a la presente fracción; por lo que se infiere que no es facultad de ésta dependencia proporcionar información relacionada a la misma.