Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social

Artículo 75

Fracción XLI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

"El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el instituto de seguridad social encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados del sujeto obligado."

ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.



NO APLICA

La presente fracción no es aplicable, ya que del análisis de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Baja California Sur y Reglamento Interior, no se encontró facultad, atribución u obligación alguna relativa a la misma.
Pudiéndose encontrar información relativa en la página oficial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)